La medida estará vigente del 8 al 10 de agosto y beneficiará a los servicios turísticos registrados, con el objetivo de incentivar los viajes internos y dinamizar la economía durante el feriado nacional.
El Gobierno de Ecuador aplicará una reducción temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15 % al 8 % para los servicios turísticos durante el feriado del Primer Grito de Independencia. La medida fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo 465, firmado por el presidente Daniel Noboa, y regirá los días 8, 9 y 10 de agosto de 2026, como parte de una estrategia para estimular el turismo interno y el consumo en establecimientos formales.
Un incentivo para mover la demanda turística
La disminución del IVA se aplicará únicamente a las actividades contempladas en el artículo 5 de la Ley de Turismo. Entre ellas figuran los servicios de alojamiento, alimentos y bebidas, agencias de viajes, operación turística, transporte turístico incluidos los pasajes aéreos, organizadores de eventos, centros de convenciones, parques temáticos, balnearios, termas, centros de turismo comunitario y otros establecimientos que cuenten con el registro turístico vigente.
La decisión llega en uno de los periodos de mayor movilidad turística del calendario nacional y busca incentivar que más ecuatorianos viajen dentro del país. Para el sector, este tipo de incentivos fiscales también representa una oportunidad para fortalecer la ocupación hotelera, incrementar las ventas en restaurantes y dinamizar la operación de agencias y operadores turísticos, especialmente en destinos que dependen del mercado interno.
Obligaciones para los establecimientos
El beneficio tributario estará limitado a los tres días del feriado. Durante ese periodo, los establecimientos beneficiados deberán emitir sus comprobantes de venta con la tarifa reducida del 8 %, conforme a las disposiciones del Servicio de Rentas Internas (SRI), entidad encargada de implementar y supervisar la correcta aplicación del decreto en coordinación con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones.
Las empresas que no formen parte de las actividades turísticas reconocidas por la Ley de Turismo continuarán aplicando la tarifa general del IVA.
Una política ya utilizada en otros feriados
La reducción temporal del IVA para actividades turísticas se ha convertido en una herramienta recurrente del Ejecutivo para estimular la economía durante los feriados nacionales. En ocasiones anteriores, la medida ha buscado fortalecer el consumo en establecimientos formales, mejorar la competitividad del sector y generar un mayor flujo de visitantes hacia los distintos destinos del país.
Para agencias de viajes, hoteles, restaurantes, operadores turísticos y aerolíneas que atienden el mercado doméstico, el feriado de agosto representa una oportunidad para incrementar la demanda mediante promociones y paquetes que, sumados al beneficio tributario, pueden hacer más atractiva la decisión de viajar dentro del Ecuador.
Perspectivas para el sector
La industria turística espera que la reducción del IVA contribuya a mantener el dinamismo observado en los últimos feriados y fortalezca la recuperación del turismo interno, uno de los segmentos que ha ganado mayor relevancia para la economía nacional. El impacto final dependerá de la respuesta de los viajeros y de la capacidad del sector para aprovechar este incentivo mediante una oferta competitiva y de calidad.

